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SOCIOS MEDULARES

SOCIOS MEDULARES

Listado de Socios Medulares a los que el Centro de Gestión Única le brinda sus facilidades: 

(Sección 680.650 del Reglamento de WIOA, ofrece prioridad a los Veteranos elegibles y sus cnyugues, incluyendo sus viudas)

ARRP 

www.aarp.org/PuertoRico 

El Programa de Empleo de Servicio Comunitario para Personas Mayores (SCSEP) es un programa de capacitación laboral de servicio comunitario y basado en el trabajo para personas mayores.  El programa brinda capacitación para personas mayores desempleadas de bajos ingresos.  Los participantes también tienen acceso a asistencia laboral a través del Centro de Gestion Única - American Job Centers.

Los participantes trabajan un promedio de 20 horas a la semana y se les paga el salario mínimo federal, estatal o local más alto.  Esta capacitación sirve como un puente hacia las oportunidades de empleo no subsidiado para los participantes.  Los participantes deben tener al menos 55 años, estar desempleados y tener un ingreso familiar de no más del 125% del nivel federal de pobreza.  Se da prioridad de inscripción a los veteranos y cónyuges calificados, luego a las personas que tienen más de 65 años, con alguna discapacidad, aquellos con pocas habilidades de alfabetización o dominio limitado del inglés, residentes en un área rural, que no tengan hogar o estén en riesgo de quedarse sin hogar, bajas perspectivas de empleo, o no han podido encontrar empleo después de utilizar los servicios a través del Centro de Gestión Única - American Job Center.

Departamento del Trabajo y Recursos Humanos

www.trabajo.pr.gov/

Empleo y Reempleo

El Servicio de Empleo de Puerto Rico está afiliado al sistema nacional de oficinas públicas de empleo establecidas en Estados Unidos, creadas bajo la Ley Wagner-Peyser de 1933. Las disposiciones de esta Ley fueron aceptadas en Puerto Rico mediante la Ley Núm. 12, conocida como la Ley de Servicio Público de Empleos de Puerto Rico, aprobada por la Legislatura el 20 de diciembre de 1950.

 

Los fondos para la operación del Servicio de Empleo provienen del Gobierno Federal. La administración de estos fondos en Puerto Rico es responsabilidad del Negociado de Seguridad de Empleo del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos.

El Servicio de Empleo cumple con todos los requerimientos federales de Igualdad de Oportunidades en el Empleo y vela por el fiel cumplimiento de la preferencia a las personas que pertenecen a los siguientes grupos:

 

  • Veteranos

  • Personas con impedimentos

  • Trabajadores mayores de edad

  • Reclamantes de Seguro por Desempleo

  • Trabajadores desplazados

  • Trabajadores agrícolas

  • Servicios que ofrece el Servicio de Empleo

  • Registro de solicitantes de empleo

  • Información del mercado de empleo

  • Toma de oferta y colocaciones

  • Consejería ocupacional

  • Servicios de re-empleo a reclamantes de Seguro por Desempleo

  • Promoción selectiva de empleo

  • Relaciones patronales

  • Servicios de empleo a estudiantes universitarios

  • Servicios de empleo a trabajadores del sector agrícola

  • Referimiento a servicios de sostén

Administración de Rehabilitación Vocacional

https://arv.pr.gov/

Administración de Rehabilitación Vocacional es responsable de la provisión de servicios de rehabilitación vocacional, encaminados a la integración exitosa de las personas con impedimentos a la fuerza laboral del país y al disfrute de una vida más independiente.

Los servicios de rehabilitación vocacional están disponibles en todo Puerto Rico.  

Algunos de los servicios o bienes que ofrecen se incluyen, pero no se limitan a los siguientes:

  1. Consejería en Rehabilitación y Orientación en el Desarrollo de Carreras

  2. Servicios de Avaluación

  3. Servicios para Identificar las Necesidades de Rehabilitación Vocacional

  4. Referimientos y Otros Servicios que son Necesarios para Ayudar a los Solicitantes/Consumidores

  5. Restauración Física y Mental

  6. Servicios de Rehabilitación Vocacional a los Miembros de la Familia de un Solicitante/Consumidor

  7. Servicios de Interpretación para Personas Sordas, Sordas Parciales y Sordo-Ciegas

  8. Servicios de Lectore a Ciegos

  9. Servicios Relacionados al Empleo

  10. Servicios de Empleo Sostenido

  11. Servicios de Asistencia Personal

  12. Servicios de Post-Empleo

  13. Licencias Ocupacionales, Herramientas, Equipos y Capital Inicial

  14. Tecnología en Rehabilitación

  15. Servicios de Transición

  16. Otros Bienes y Servicios

Departamento de Educación

https://de.pr.gov/

Programa de Educación para Adultos y Alfabetización Familiar - dicho Programa tiene como meta propiciar, facilitar y ampliar las oportunidades educativas y de empleabilidad de esta población, mediante la adquisición de las destrezas y conocimientos necesarios para la autosuficiencia y el logro de un empleo.  Otras metas o puntos de referencia fundamentales son: facilitar al jefe de familia adulto completar la escuela superior o su equivalente y la adquisición de los conocimientos necesarios para convertirse en socio total del desarrollo educativo de los hijos.  El propósito es crear una asociación entre el gobierno federal, los estados y las localidades para proporcionar, de forma voluntaria, actividades de educación y alfabetización de adultos, con el fin de:

  1. Ayudar a los adultos a alfabetizarse y obtener el conocimiento y las destrezas necesarias para el empleo y la autosuficiencia económica;

  2. ayudar a los adultos que son padres o miembros de la familia a obtener la educación y habilidades que: son necesarias para convertirse en socios plenos en el desarrollo educativo de sus hijos; llevan a mejoras sostenibles en las oportunidades económicas para su familia;

   3. ayudar a los adultos a obtener un diploma de escuela secundaria y en la transición         educación y capacitación postsecundaria, incluso a través de rutas ocupacionales; 

   4.  ayudar a los inmigrantes y otras personas que están aprendiendo inglés                      en mejorar su lectura, escritura y comprensión del inglés; y adquirir una comprensión del sistema de gobierno estadounidense, la libertad individual y las responsabilidades de la ciudadanía.

Individuos elegibles:

De acuerdo con WIOA Título II Sec. 203(4), “Educación de Adultos” se define como servicios o instrucción por debajo del nivel postsecundario para individuos que:

  • hayan cumplido 16 años de edad y no están inscritos o no están obligados a matricularse en la escuela secundaria según la ley estatal; y

  • tengan deficiencias en destrezas básicas; no tienen un diploma de escuela secundaria o su equivalente reconocido, y no han alcanzado un nivel de educación equivalente; o son estudiantes del idioma inglés (ELL, por sus siglas en inglés)

Ley Carl D. Perkins - Programa de Educación Técnica y de Carrera al nivel post-secundaria - Promueve actividades vocacionales educativas post-secundarias, con el fin de que los participantes adquieran destrezas para competir en ocupaciones que requieran destrezas especializadas. Participan principalmente en escuelas e institutos técnicos vocacionales del sistema del Departamento de Educación.

PathStone

http://www.pathstone.org

Fortalece a los trabajadores agrícolas y las familias.  PathStone promueve la justicia social abogando por los derechos de sus participantes a través de los programas que se ofrecen en Puerto Rico.

Este programa proporciona financiamiento a comunidades, organizaciones y agencias públicas para ayudar a los trabajadores agrícolas migrantes y a sus familias a lograr mayor estabilidad económica a través de servicios de capacitación y empleo, asistencia para la vivienda, servicios para jóvenes, y servicios de apoyo.

Para ser elegible para los servicios de este programa una persona debe ser:

  • Trabajador agrícola estacional adulto elegible;

  • Trabajador agrícola migrante adulto elegible;

  • Jóvenes elegibles MSFW; o

  • Dependiente de un migrante o trabajador agrícola.

Y debe,

  • ser una persona de bajos ingresos que enfrenta múltiples barreras para la autosuficiencia económica.

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Tel. (787) 857-5335

PORTAL OFICIAL DEL GOBIERNO DE PUERTO RICO

Programa/patrono con igualdad de oportunidades.

Servicios de apoyo disponibles para personas con impedimentos.

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Patrono con prioridad a Veteranos y personas cubiertas, determinados elegibles bajo la Ley WIOA.

“Esta página fue financiada por una subvención otorgada por la Administración de Empleo y Adiestramiento (“ETA por sus siglas en inglés) del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos.  La página fue creada por el recipiente de fondos y no necesariamente refleja la posición oficial del Departamento del Trabajo de los Estados Unidos.  El Departamento del Trabajo no ofrece garantías de ningún tipo, expresas o implícitas, con respecto a dicha información, incluida cualquier información sobre sitios de enlaces incluyendo, pero no limitado a, la exactitud de la información o su integridad, puntualidad, utilidad, adecuación, disponibilidad continua o propiedad.  Esta página está protegida por los derechos de autor por la Junta Local de Desarrollo Laboral – La Montaña, institución que la creó”

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